Pausa o algo más en la regulación para los bancos. Se mira a Estados Unidos aunque lo cierto es que el debate ya comenzó meses atrás en Europa al advertir muchos expertos (algunos del propio BCE) sobre la complejidad de las medidas tomadas hasta el momento y del riesgo que suponía para la estabilidad del sector. Y para la financiación de la economía.
¿Supone esto que las entidades financieras serán más débiles en el futuro? Sólo una cifra: el nivel de capital de mayor calidad de los bancos europeos ha aumentado en más de 4 puntos en los últimos años. Capital y liquidez. La situación en términos de capital de las entidades de crédito a nivel internacional es claramente mejor que al inicio de la Crisis.
La profundización de Basilea III (o la nueva Basilea IV) se enfoca especialmente en el riesgo de activo. Y en Europa se intentaba, en lo posible, la homogeneización de los modelos internos de los bancos que ponderaban este riesgo. A mayor porcentaje de activos considerados por los modelos, mayor impacto. En el caso de los bancos españoles, con un porcentaje menor de activos valorados por los modelos internos, el impacto sería (será probablemente) menor. No me olvido del riesgo operacional y derivado de los tipos de interés, que también recogerá la norma.
Pero la pausa en la regulación de solvencia no significa una pausa en regulación. Y aquí debemos considerar tanto la implementación de las medidas ya tomadas como la regulación de resolución en el caso de entidades con problemas. Al final, hablamos de Europa, cómo absorber potenciales pérdidas por tipo de capital. A falta de concreción, pueden surgir paradojas como primar el peso de la financiación de mercado frente a la estabilidad que suponen los depósitos. Todo lo contrario a lo que se perseguía al principio de la Crisis. Pero es que en aquel momento se hablaba del riesgo de los mercados. Aquí también podemos considerar el riesgo de contrapartida en las operaciones.
Como ven, hablar del final de la regulación de las entidades de crédito es como mínimo estar poco informado. Y derivar de ahí nuevos riesgos para la estabilidad financiera a futuro, un tanto especulativo. De hecho, hay un creciente debate académico sobre los riesgos para la estabilidad financiera no derivados de las entidades de crédito tradicionales como aquellos que proceden de la banca en la sombra menos regulada: desde las Fintech, como ejemplo, hasta la financiación mayorista.
Por cierto, ¿les faltan algunos datos? No puedo dejar pasar de largo la entrada en funcionamiento del sistema de contabilidad internacional a principios del próximo año, con posibles nuevas normas para la política de provisiones. Naturalmente me refiero a las entidades de crédito.
¿Están agotados tras leer todo lo anterior? Es normal. Algunos lo han denominado como “la fatiga normativa”. Aunque se referían a los reguladores.
Ahora piensen en el escenario en que toda esta regulación se ha materializado (o se debe aplicar): tipos de interés casi nulos, presión desde los clientes para un cambio hacia una aproximación digital, presión del mercado para obtener rentabilidades más elevadas, con la regulación que limitada la toma de riesgos y competencia de nuevos operadores no bancos. En Europa, de nuevo, con un objetivo explícito materializado en la Unión Bancaria como era separar el riesgo soberano del de los bancos. El BCE asume el papel de supervisor único, se crea el Mecanismo Único de Supervisión y más tarde la Autoridad Bancaria Europea. En una
segunda fase, se perfila el Mecanismo Único de Resolución y más adelante se planea el Sistema Único de Depósitos. Todo esto mientras se habla a nivel oficial de la necesidad de una mayor integración de los bancos a nivel europeo, sin reparar en lo costoso que esto supone con un coste de capital como el actual.
No me olvido de una mayor protección del consumidor e inversor en su relación con los bancos. Importante para superar las dudas de los clientes y también, espero, para darle más seguridad jurídica y de capacidad de defensa al sector.