Supervisión única y Mecanismo único de resolución... ¿qué resta?. Al final, en ambos casos (primer y segundo pilar de la Unión Bancaria) se busca un contexto institucional propicio para la integración financiera en Europa.
¿Se acaban entonces los problemas para hablar de una integración plena? De acuerdo con Praet, “existen un número de problemas legales, institucionales y políticos antes de que esto sea así”.
Por ejemplo, la relación (verdadero círculo vicioso) que puede surgir entre el riesgo de entidades financieras y el riesgo soberano.
Muchas de las medidas tomadas hasta el momento, especialmente en términos de resolución de crisis, van encaminadas a limitarlo. Pero es evidente que hoy por hoy pueden ser insuficientes en caso de situaciones excepcionales, verdaderos riesgos de mercado donde la irracionalidad se traduzca en contagios y especulación sobre entidades.
Al final, lo que subyace en todo lo anterior, es que de la misma forma que hay una supervisión única se precisa que la “garantía fiscal” también lo sea. Y sin olvidarnos de la creación de un seguro de depósitos común (tercer pilar) a nivel europeo.
Una situación como la actual donde la supervisión es común pero las potenciales consecuencias de un problema son en buena parte nacionales debería ser valorada de forma cuidadosa. Y esto pasa también por riesgos de que la falta de unidad en la resolución real de crisis afecten también a una aplicación efectiva de la supervisión.
La Unión Bancaria es un objetivo. Más allá de integración de entidades. Pero también es un proceso que reflejará cambios estructurales en la arquitectura financiera europea.