Santander ha lanzado un plan de fidelización para compensar a los clientes que se vieron afectados por la resolución del banco Popular. Unos clientes que tendrán que reunir determinadas condiciones para recibir a cambio de la inversión perdida obligaciones perpetuas contingentemente amortizables. El plan que comenzará a ejecutarse a partir del mes de septiembre.
Unos bonos que no computarán como capital regulatorio pero está previsto que sean instrumentos elegibles para el cumplimiento del requerimiento MREL/TLAC.
El banco estima que el coste de la acción de fidelización será de 680 mln de euros aproximadamente, y no tendrá impacto adicional en el capital del Grupo Santander al haberse incluido en los ajustes de primera consolidación de Banco Popular que habían sido tomados ya en consideración en la estimación de los resultados de 1S17 donde la entidad espera un beneficio neto en torno a 3.600 mln de euros, apoyado tanto por el crecimiento del margen de intereses y las comisiones netas (+6% i.a y >+11% i.a respectivamente), como por la menor dotación a insolvencias (-6% i.a).
Desde un punto de vista del banco, vemos positiva esta acción que tiene como objetivo reducir el riesgo de coste de litigios, si bien también hay que destacar que se quedan al margen muchos accionistas que se vieron perjudicados por la resolución del Popular y que además el menor coste de litigios dependerá del nivel de aceptación que tenga el plan de fidelización.
Principales detalles del plan de fidelización:
► Destinatarios. La acción de fidelización va dirigida a clientes minoristas que reúnan los siguientes requisitos:
• Haber adquirido acciones de Banco Popular en el periodo comprendido del 26-05 al 21-06 de 2016, u obligaciones subordinadas computables como Tier 2 de dos emisiones del 2011 de Banco Popular.
• Conservar depositadas en Santander, Popular, Pastor o Popular Banca Privada las acciones u Obligaciones Subordinadas en el momento de la resolución de Banco Popular; y
• Mantener, cuando se entreguen los bonos de fidelización, una relación comercial con Banco Santander, Banco Popular, Banco Pastor o Popular Banca Privada equivalente a la que tenían en el momento de adquisición de las acciones o de las Obligaciones Subordinadas.
► No serán beneficiarios personas que hubiesen formado parte del Consejo de Administración de Banco Popular en cualquier momento antes de su resolución, personas vinculadas a dichas personas y los accionistas que individual o concertadamente hayan tenido una participación significativa en Banco Popular declarada en la CNMV.
► Importe a compensar.
• Acciones: el importe invertido por cada cliente.
• Obligaciones subordinadas: importe bruto resultante de restar al importe efectivamente invertido los intereses percibidos por el cliente por dichas Obligaciones.
• Tanto en el caso de las acciones como de las Obligaciones Subordinadas, el importe máximo a compensar por cliente minorista irá en función del cumplimiento de los parámetros de la siguiente tabla:
► Valores a entregar en la acción de fidelización:
• Se entregarán Obligaciones perpetuas contingentemente amortizables de Banco Santander, de 100 euros de valor nominal. El importe total nominal máximo a emitir de los valores a entregar por Santander se eleva a 980 mln de euros.
• Devengarán un cupón en efectivo, discrecional, no acumulativo, pagadero por trimestres vencidos del 1% hasta el séptimo año, y desde el año 8 en adelante, por cada quinquenio al tipo del margen que se determine + mid-swap a 5 años.
• Posibilidad de amortización. Son valores perpetuos que podrán amortizarse totalmente a voluntad de Santander en cualquiera de las fechas del pago del cupón.