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Todo sobre cuentas bancarias con varios titulares y con autorizados

por Ismael de la Cruz Hace 7 años
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Todo el mundo sabe que en una misma cuenta bancaria pueden aparecer varios titulares. Vamos a ver este tema porque es importante conocer las repercusiones fiscales y demás obligaciones al respecto.

En una cuenta bancaria una persona puede aparecer de las siguientes maneras:

– Titulares: es una de las partes contratantes que firma con el banco. En una misma cuenta puede haber varios titulares (bien al abrir la cuenta o bien posteriormente en el tiempo).

Tendrán diferentes obligaciones según el tipo de cotitularidad:

Indistinta o solidaria: todos los titulares podrán realizar cualquier movimiento de forma individual.
Conjunta o mancomunada: cada uno de los titulares necesitará la aprobación de los otros para llevar a cabo cualquier decisión.

Subordinada: hay varios escalones o ranking, cada uno de ellos con unos poderes concretos. Así pues, los titulares que están en el nivel superior son los únicos que no necesitarán autorización para llevar a cabo sus decisiones.

– Autorizados: son aquellas personas que constan en la cuenta y que, sin ser titulares, están autorizados para realizar unas operaciones determinadas.

El titular de una cuenta podría ser una persona física o una empresa (en este último caso es normal que haya una o más personas físicas como cotitulares o autorizados).

Hay que tener en cuenta que para Hacienda, los titulares de una cuenta son los dueños del dinero que hay en ella en partes proporcionales, salvo que se justifique y demuestre otra distribución.

La Dirección General de Tributos dictamina que la titularidad del dinero de una cuenta no tiene que ser proporcional cuando hay más de un titular pero que, de no ser así, habría que demostrarlo. Los autorizados solo pueden realizar algunas transacciones sin olvidar que el dinero de la cuenta no es de ellos. Así pues, las obligaciones fiscales afectan únicamente a los titulares de la cuenta y no a los autorizados.

Al fallecer el titular de una cuenta bancaria se le debe comunicar a la entidad bancaria a través del certificado de defunción. En ese momento el dinero que corresponde a la persona fallecida pasa a quedar inmovilizado hasta que se presente y ejecute el testamento. Claro, si había varios titulares, sólamente se inmovilizará el dinero que correspondía a la persona fallecida. Si la cuenta tenía un titular y un autorizado se bloquearán todo el dinero de la cuenta, con lo que el autorizado ya no podrá hacer nada de lo que antes sí podía hacer.


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